La ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo) es obligatoria por ley para todo empleador con personal en relación de dependencia. Cubre a tus empleados ante accidentes de trabajo, accidentes en el trayecto e enfermedades profesionales: atención médica, prestaciones dinerarias e indemnización por incapacidad (Ley 24.557).
Lo que la ART le garantiza a tu personal por ley.
La ART no es solo cobertura: también te ayuda a evitar el accidente.
Comercios, pymes, agro y hacienda, construcción y turismo: si tenés personal, la ART es un requisito. Ajustamos la cobertura al riesgo real de tu actividad y te acompañamos con la parte de prevención y los exámenes, que en tareas de campo, altura o frío marcan la diferencia.
Sí. Por la Ley 24.557, todo empleador con personal en relación de dependencia debe tener a sus empleados cubiertos por una ART.
Sí. Los accidentes in itinere —en el trayecto habitual entre la casa y el trabajo— están cubiertos.
No. La ART es obligatoria y por ley para empleados en relación de dependencia; el seguro de accidentes personales es voluntario e individual.
Para sí mismo no, porque no tiene empleador. Si tiene empleados, sí debe cubrirlos con ART. Para cubrirse a sí mismo puede tomar un seguro de accidentes personales.
Principalmente de la nómina salarial y del nivel de riesgo de la actividad declarada.
Trabajamos con aseguradoras de Riesgos del Trabajo líderes del país. Entre otras:
Contanos tu actividad y tu nómina, y comparamos las aseguradoras para darte la mejor cobertura y el mejor servicio de prevención. También te ayudamos con el traspaso desde tu ART actual.
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